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Síntesis de los estatutos

La ASOCIACIÓN INTERMUNICIPAL: RED TERRITORIOS RESERVA AGROECOLÓGICOS, “RED TERRAE” carente de ánimo de lucro, constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.

  • Servir de representación a todas las entidades públicas y privadas y agentes interesados que potencien el desarrollo sostenible, medioambiental y agroecológico del ámbito de actuación de la asociación.
  • Impulsar actuaciones dentro del ámbito del desarrollo sostenible, la biodiversidad y el cambio climático. Entre otras:
    1. Promover usos sostenibles agrícolas, ganaderos o forestales, la conservación de razas y variedades autóctonas en terrenos rústicos públicos y/o privados
    2. Colaborar con iniciativas agroecológicas, sean vecinales o de proyectos sociales o asociativos, o municipales, de tipo agroecológico.
    3. Poner a disposición de iniciativas agroecológicas vecinales o de proyectos sociales o asociativos de tipo agroecológico algunos terrenos municipales no utilizados, y que se determinaran en su momento mediante una ficha para su inclusión en un banco de tierras para uso agroecológico y social.
    4. Dinamizar proyectos que contribuyan simultáneamente a reducir y valorizar residuos orgánicos (compostaje).
    5. Educar a la población local en una cultura agraria tradicional y/o muy sostenible, y fomentar la producción y consumo de alimentos locales, de calidad, y/o para el autoconsumo y favorecer la integración en proyectos comunitarios de diferentes grupos de edad u origen.
    6. Propiciar la promoción y comercialización interior y exterior de los productos e iniciativas agroecológicas desarrolladas en el territorio en que actúen las personas o entidades asociadas.
    7. Promover medidas que aproximen e integren la producción agroecológica con el consumidor local.
    8. Elaborar, diseñar y aplicar programas integrales de desarrollo agroecológico y medioambiental.
    9. Activar políticas agrarias locales, poniendo en valor la “cultura agraria” y la “soberanía alimentaria”.
    10. Generar oportunidades de empleo y servicios innovadores para los ciudadanos y las administraciones públicas.
    11. Promover acciones formativas y educativas en las áreas medioambientales y agroecológicas dirigidas a la población de los territorios integrantes de la asociación.
  •  Participar en programas, iniciativas y convocatorias que se establezcan en pro de la creación de empleo, de empresas, de desarrollo territorial sostenible en un entorno de cooperación y desarrollo local y comunitario para la transición agroecológica.

  1. Solicitar el apoyo del Estado, del las Comunidades Autónomas, Administraciones Locales, cualesquiera otras entidades públicas o privadas, para desarrollar cuantos proyectos desarrolle la asociación.
  2. Formalizar Convenios o Contratos de cualquier tipo para el cumplimiento de los fines.
  3. Gestionar la herramienta on-line, banco de tierras, como elemento útil para conectar la oferta y la demanda de terrenos. Así como diseñar el instrumento jurídico contractual más favorable para propietarios y demandantes.
  4. Organizar acciones dentro del marco formativo, educativo, de emprendimiento, social, técnico que permitan la consecución de los fines enumerados, dentro de la legislación vigente a nivel internacional, nacional, regional o local.
  5. Realizar todas aquellas acciones subordinadas o accesorias a la actividad principal
  6. Llevar a cabo cuantas actuaciones fueran necesarias para lograr el mejor desarrollo de los fines determinados en estos Estatutos, que sean aprobadas por los órganos de decisión de la asociación y que se desarrollen en el ámbito de la biodiversidad, la agroecología y el desarrollo sostenible.

El Ámbito Territorial de la Asociación RED TERRITORIOS RESERVA AGROECOLÓGICOS se circunscribe al ámbito territorial de las Comunidades Autónomas de los socios de la misma.  Ampliando su actuación con la incorporación de nuevos municipios del ámbito estatal y europeo.

Según los estatutos se distinguen las siguientes:

  • Socios fundadores.  Ayuntamiento de Carcaboso, Ayuntamiento de El Campillo de La Jara y Mancomunidad de Municipios Sostenibles de Cantabria y Ayuntamiento de Redueña.
  • Socios de número.
    • Entidades Locales: constituidas por Administraciones Locales de los municipios, Mancomunidades, provincias e islas.
    • DILAS: Definida como persona física, titulada en el marco del Programa de Certificación Práctica de Dinamizadores de Iniciativas Locales Agroecológicas.
    • Productores. Definidos como personas físicas o jurídicas que ejercen actividad en la producción agrícola, ganadera y/o artesanal agroalimentarios y que apuestan por la agroecología en sus procesos y/o producciones.
    • Consumidores KM0. Definidos como personas físicas o jurídicas dedicadas al comercio y la restauración de y con producciones sostenibles, de proximidad, Km0, que apuestan por los valores de la agroecología y la comercialización en circuito corto.
    • Entidades jurídicas. Definidas como organizaciones jurídicas que integran entre sus fines y actividades la agroecología, el desarrollo sostenible, la educación medioambiental y el consumo responsable.
  • Socios colaboradores. Definidos como personas físicas o jurídicas, que mantienen una relación de colaboración con la Asociación y contribuyen a la consecución de sus fines y actividades. Conformando un elemento de participación, conocimiento y experiencia en el ámbito de la biodiversidad, el desarrollo sostenible, la agroecología, el desarrollo rural, y el cambio global entre otros.
  • Socios de honor. Definidos como personas físicas que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación,
  • Socios BT. Definidos como personas físicas o jurídicas, en calidad de usuarios oferentes del Banco de Tierras TERRAE como propietarios de tierras en desuso y dispuestas para su uso agroecológico.

Podrán pertenecer a la Asociación  cualquiera de las entidades, personas jurídicas y personas físicas contempladas en la tipología de asociados según los estatutos. Para ello tienen que enviar una solicitud por escrito de ingreso suscrita por el representante legal o la personas física que será tratada por la Junta Directiva.

La solicitud deberá ir acompañada por:

  • En caso de entidad local o jurídica. Un certificado del acuerdo válidamente adoptado por el órgano de representación competente en el que aparezca, la voluntad de formar parte de la Asociación, la aprobación del contenido de sus Estatutos y del Reglamento de Régimen Interno y la designación de la persona/s física/s que la representarán (titular y suplente). Este nombramiento será válido hasta la comunicación de un nuevo nombramiento de representante por parte de la entidad jurídica.
  • En caso de persona física. Una declaración de compromiso con la voluntad de formar parte de la Asociación, la aprobación del contenido de sus Estatutos y del Reglamento de Régimen Interno.
  • En todos los casos se adjuntará un manifiesto normalizado donde se expresará la motivación de pertenecer a la Red TERRAE, cómo conoció la Asociación, declaración y argumentos del interés en formar parte de ella, cuál es su voluntad y/o sensibilidad al desarrollo de acciones, experiencias agroecológicas y medioambientales en su territorio, junto con el formulario de adhesión cuyo enlace está en el mismo manifiesto.

Las solicitudes se pueden enviar vía email y serán resueltas en la primera reunión de la Junta Directiva que se celebre posteriormente a la fecha de solicitud.

 

Conforme a la decisión de la Asamblea de 26 de noviembre de 2021 las cuotas ordinarias anuales  para el ejercicio 2022 y posteriores se establecen en función del número de habitantes conforme a los siguientes tramos:

  • hasta 100      …………….   400 €
  • de 101 a 500……………     600 €
  • de 501 a 1.000………….    700 €
  • de 1.001 a 2.000………..   800 €
  • de 2.001 a 3.000………..   900 €
  • de 3.001 a 5.000……….. 1.100 €
  • de 5.001 a 10.000…….   1.200 €
  • de 10.001 a 20.000…..   1.400 €
  • de 20.001 a 50.000…….. 1.600 €
  • de 50.001 a 99.999…….. 1.800 €
  • más de 100.000………….. 2.000 €

En el caso de los socios DILAS, Productores y Consumidores KM0 se plantea una cuota fija anual de 30 € para el año 2023 y posteriores hasta una nueva revisión. En el caso de las entidades jurídicas se plantea una cuota fija anual de 60 € para el año 2023 y posteriores hasta una nueva revisión.